No he tenido con los periodistas,
Leocenis García y José Ramírez Córdoba, ningún trato. Ni social, comercial,
profesional o de cualquier otro tipo. Por lo mismo, al escribir lo que
escribo no me mueve más interés, que la vigencia efectiva de las garantías a
las que tenemos derecho, sin diferencia alguna, todos los venezolanos.
Si García y Ramírez Córdoba
cometieron o no, los delitos que se les imputan, tampoco es asunto sobre el
cual vamos a dragonear. Eso es, competencia exclusiva de los jueces que los
juzgan. Eso sí, a condición que lo hagan de manera imparcial, autónoma y con
riguroso respeto a la Constitución y las normas.
Pero no. Ocurre que en el pleito
judicial contra los periodistas, hemos constatado violaciones procesales
obscenas, irritantes, bochornosas. Quienes anhelamos que la Justicia –no el
linchamiento tribunalicio- sea el mecanismo que dirima los conflictos entre
los integrantes de cualquier comunidad humana, repudiamos, sin titubeos esos
atropellos. En particular ahora, que para protestar, para hacerse oír,
Leocenis García, se ha declarado en huelga de hambre, con lo cual peligra su
salud y su vida.
Los mencionados comunicadores,
llevan más de cuatro años presos, sin sentencia. Ello, habla por sí solo.
Nuestra Constitución consagra el derecho de todo ciudadano a ser juzgado en
libertad, mientras que el Código Orgánico Procesal Penal, pauta que después
de dos años sin juicio concluido, todo imputado tiene el derecho a regresar
a casa. Sin embargo, en el juicio contra los periodistas, tal plazo se ha
prorrogado, una y otra vez, de modo que las prórrogas han superado, con
creces, el plazo inicial para escuchar la absolución o condena.
¿Y no rige el principio general,
que prohíbe “prórroga de la prórroga”? No obstante, admitiendo lo
inadmisible ¿por qué las extensiones no se decretaron, conjuntamente, con
medidas menos gravosas que la de mantener a estos venezolanos en cárceles,
en donde la vida, no vale un rábano?
En carta a un magistrado del
Tribunal Supremo de Justicia, García, ha denunciado que el juez, ha diferido
72 veces la vista de su causa. Resulta, entonces, de exactitud matemática
que la mora judicial no es imputable a tácticas dilatorias de los acusados.
Nuestra Constitución es
terminante: las evidencias obtenidas de manera ilícita, son nulas. En el
caso específico de Ramírez, la principal prueba de cargo la constituye una
pretendida “operación simulada”. Tal técnica policial, excepcional,
permitida por nuestra legislación solo en casos de delincuencia organizada,
debe practicarse conforme a parámetros muy rigurosos: que el “agente
provocador o simulado” sea funcionario, adscrito a unidad de investigación
especializada en tal tipo de operaciones; que se proceda a solicitud del
Ministerio Público y, finalmente, que la operación simulada cuente con la
previa autorización de juez de control. Ni uno solo de tales requisitos se
cumplió en este caso. Ergo: nula la evidencia que la sustentaba, la prisión
de Ramírez debe ser revocada de inmediato.
Inquieta otra circunstancia. Me refiero a que los dos carcelazos derivan de
una disputa con el petrolero Wilmer Ruperti. Tampoco vamos a prejuzgar si
este último ha cometido o no, ilícitos en sus contratos con el Estado
venezolano, en especial Pdvsa. Pero lo cierto es que el empresario se ha
enriquecido hasta alcanzar cotas de escándalo, prevalido de conexiones con
el gobierno. Ruperti ha recibido de este último, tratamiento de salvador de
la Patria y como tal, fue catalogado por el propio presidente de la
República, al imponerle la más alta de las condecoraciones. Los
comunicadores, en ejercicio de su profesión, informaron de supuestas
irregularidades con ocasión de tales nexos, pero mientras el empresario fue
poco o nada investigado y reside en un palacete en Miami –estatus que no
anhelamos, pero que por sí solo, no criticamos- a Ramírez y a García, les ha
correspondido verle el rostro más ceñudo a la pretendida justicia
bolivariana. Imposible callar ante estos encarcelamientos arbitrarios.
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