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¡Rico? Mire, Su Señoría –chilló “La Bestia”, haciéndole honor a
su remoquete- yo podré ser de todo, pero violador ¡nunca! –y aquí
copiamos de manera textual, la parte final de su respuesta: “I don’t
even know any fucking Rico!” Lo que en román paladino, significa:
“Incluso, yo no conozco a ningún jodido Rico!”
La
ley RICO. Pero no era lo que este forajido pensaba. RICO, es el acrónimo
de la Racketeer Influenced and Corrupt Organization Act. Una ley aprobada
en 1970 por el Congreso del mencionado país, que ha resultado clave en la
guerra contra la legendaria Cosa Nostra y todo aquello que huela a
asociación para el delito.
El
martes pasado, fue consignada ante la Corte Federal con sede en Nueva
York, presidida por la juez Gladys Kessler, una acción contra todas las
grandes fabricantes de cigarrillos del mundo. El Justice
Departament, basado en la ley RICO, arriba citada, pretende que las
acusadas paguen una indemnización por la bicoca de 280 millardos de dólares,
por fraude, falsedades, “medias verdades” y lo más grave, asociación
para perpetrarlas.
¿Fueron
los citados gigantes industriales, constituidos de manera específica para
cometer crímenes? Evidentemente que no. Con todo lo nocivo que es fumar,
la fabricación de cigarrillos se encuentra permitida por las leyes. Pero,
existe un pero, en este caso.
Se
trata de una reunión celebrada en 1952, en las instalaciones del hotel
“Plaza” de la misma ciudad que ahora presta sus tribunales para
ventilar el nuevo litigio. Según se lee en los alegatos que sirven de
fundamento a este último, las demandadas, desde su reunión neoyorkina,
celebraron un acuerdo para, ocultar, tergiversar o revelar de manera
parcial, las informaciones que tenían sobre las consecuencias del tabaco.
Un pacto “de caballeros” si cabe la expresión, que cumplieron en
silencio por espacio de más de 50 años, como si se tratara de una
“omertá” siciliana. De modo que, unas instituciones -comerciales o públicas,
lo mismo da- constituidas en sus inicios con objetivos lícitos, si se
organizan para defraudar, pueden ser procesadas según la misma ley hecha
a la medida de los capomafiosi más
sanguinarios.
Los
Al Capone, bolivarianos. Casi todos los
informes e investigaciones, con motivo del referendo del 15 de agosto
coinciden en que antes de esa fecha, las autoridades venezolanas se
agavillaron para frustrar la mencionada consulta. Sentencias dictadas con
el propósito, nunca ocultado, de favorecer al gobierno; designación de
un ente electoral con favoritismo hacia una de las partes; cedulaciones y
naturalizaciones express;
hostigamientos a los
solicitantes del revocatorio; alteración en el padrón y sustitución
ilegal de los testigos de mesa. El punto nodal de esta asociación para
delinquir, lo constituyó la contratación, a dedo, de dos empresas
fantasmas, domiciliadas en Boca de Ratón, Estados Unidos, para la
mecanización de las elecciones. Ahora, las evidencias, débiles, pero
evidencias al fin de manipulación electrónica, tienen que eslabonarse
con todos los actos previos que sirvieron para la preparación del terreno
para la trampa definitiva.
Uno
de los elementos novedosos incorporados por ley RICO, es lo que se
denomina “patern of racketeering”, que en traducción libre y bolivariana
sería algo así como “patrón forajido”. Usted monta un fraude para
un referendo revocatorio, pero luego, sintiéndose impune, pretende un
segundo fraude con el mismo modus
operando, en unas elecciones regionales y ahí, está, se hace
acreedor de sanciones similares a las del más conspicuo mafioso
siciliano.
El
cronista lo tiene escrito, desde meses atrás. El hecho que dos empresas
participantes del fraude electoral cometido en Venezuela, se encuentren
domiciliadas en Estados Unidos, hace a los tribunales de ese país
competentes conocer de ese caso. A falta del pan de la justicia imparcial
bolivariana, buenas serán las tortas tribunalicias norteamericanas.
Además
¿Qué tiene “La Bestia” Falange que no tenga el hombre de los “íbanos”,
“veníanos” y el medio kilo de “rábamos”?
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