Los dos primeros, fueron
condenados a cadena perpetua, mientras que el último recibió pena por un
término
“menor a 27 años de prisión”, porque los jueces estimaron que
durante la investigación preliminar se le quebrantaron algunas de sus
garantías judiciales.
UN
PRECEDENTE QUE SE CONSOLIDA. El articulista se considera obligado a
efectuar el presente comentario. Desde abril de 2002, viene informándole
a los lectores no solo de las incidencias del citado proceso, sino de la
posible aplicación de sus precedentes en el llamado "Caso
Venezuela".
Ngeze,
Nahimana y Barayagwiza, estaban acusados por incitación al odio desde el
diario “Kangura” y
radio "Mil Cadenas”. Algo asi como una emisión de los
"Alo, Presidente" pero en perjuicio de los integrantes de la
etnia tutsi. Ahora la corte sentenciadora, ha ratificado que esta clase de
crímenes no solo los cometen los autores materiales de las masacres, sino
también sus instigadores.
No
es la primera vez que se sienta tal clase de jurisprudencia. Julius
Streicher, fue colgado por orden del tribunal de Nuremberg, como resultado
de sus prédicas antisemitas desde el semanario “Der Strume” del cual
era editor. Sin embargo, después del citado fallo de 1946, había
prevalecido el criterio de substraer los delitos de opinión como medios
de perpetración de crímenes de lesa humanidad. Una manera de proteger la
libertad de expresión que ahora vuelve a dar paso a la tutela de
intereses superiores.
Por
supuesto que fallos como el comentado siempre dejan espacio para la polémica.
Uno de los abogados de la defensa, calificó la sentencia como
“retroceso para la prensa libre y una invitación a los dictadores para
cerrar cualquier medio de comunicación, si considera que sus mensajes
incitan a la violencia”.
Pero
según el fiscal que encabezó la acusación “una cosa es la llamada
libertad de imprenta y otra, cuando usted le echa gasolina al fuego de la
controversia y traspone la línea del intercambio pacífico de ideas”.
Vale
la pena, transcribir algunos párrafos del contovertido fallo:
“Sin fusiles, machetes, ni armas físicas, ustedes (los ahora
condenados) causaron la muerte de millares de ciudadanos inocentes (...)
lo que Radio Mil Cadenas hizo, poco a poco, fue rociar petróleo a lo
largo y ancho del país de modo de prepararlo para un monumental incendio
(...) igual que una banda toma las calles con garrotes, una emisora asalta
el especto radioelectrico cuando grita: solo hazlo, mira la estatura y
apariencia física de una persona y si su nariz es pequeña, pues aplástasela
(...) en lugar de usar los medios de comunicación para la promoción
de los derechos humanos, ustedes (los acusados) los emplearon para
violarlos y destruirlos”.
MACABRA
CONTABILIDAD. Una cosa es el empleo ocasional y hasta metáforico de
frases asociadas con la guerra y otra la exhortación recurrente a la
violencia mediante la incitación al odio masivo del adversario político.
Expresiones
como la no muy lejana de "freír las cabezas de adecos y
copeyanos", la más reciente de "poner rodilla en tierra"
para defenderse de un hipotetico megafraude, pasando por otras como el
dilema en que se colocó a nuestros soldados de "disparar al pecho de
los simpatizantes del gobierno o al corazón de los
contrarevolucionarios" están emparentadas de manera directa,
con el caso sentenciado el miércoles pasado.
Pese
a su innegable avance, la justicia penal internacional ha sido blanco de
criticas severas. Su lentitud y elevados costos, destacan entre las
principales. En los últimos nueve años con un personal de 872
funcionarios y un presupuesto anual de 88 millones de dólares americanos,
ha producido solo 17 condenas, incluidas las de estos tres bandoleros.
El
articulista agrega a los citados cuestionamientos, el manejo de cierta
contabilidad de veras macabra, pues el sistema penal internacional solo se
activa en la medida que los muertos y víctimas de perpetraciones de lesa
humanidad, se contabilicen por decenas de miles.
Por
tal clase de deficiencia, el presidente de Venezuela, muchos de sus
ministros, pero sobre todo, los jefes militares que los secundan, quizá,
están a tiempo de substraerse de procesos como el ya mencionado. Ojalá
que el empeño por desconocer la mayoritaria voluntad de revocarle el
mandato al jefe de Estado, no apuntale la posibilidad, todavía incierta,
de ser condenados por la justicia penal planetaria.
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