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La revolución forajida suma ahora, la persecución de abogados . . .


 

PARA EL JUEVES que viene, está prevista la celebración de la audiencia oral y pública en la querella contra Tulio Alvarez por supuesta difamación en perjuicio del diputado oficialista, Willian Lara.

La persecución de abogados, marca la fase más represiva de los gobiernos gamberros. En sus etapas preliminares, éstos reprimen opositores, periodistas, defensores de derechos humanos. Pero se produce allí, una relación de causa-efecto macabra. A más atropellos contra las libertades elementales, crece la intervención de juristas para combatirlos. Es entonces cuando estos profesionales se convierten en objetivo político.  

 

LOS MOLESTOS ABOGADOS. El 18 de diciembre de 1990, la Asamblea General  de la ONU, reconoció "los principios básicos sobre la función de los abogados e invitó a los países miembros a que los respetaran y tuvieran en cuenta". Más recientemente (marzo de 2004) la misma ONU  a través de su Comisión de Derechos Humanos, estableció que "la independencia de los abogados es condición previa y esencial para proteger los derechos humanos y garantizar que no haya discriminación en la administración de justicia".

La necesidad de preservar la integridad de los profesionales del derecho, ya habían conducido a la mencionada Comisión de DDHH, a la creación , en 1990, del cargo  de "Relator Sobre la  Independencia  de Jueces y Abogados", así como a la elaboración del "Manual de los Derechos Humanos" de dichos profesionales.

El funcionamiento de los colegios o barras de abogados, es otro elemento esencial en esta materia. Así lo dispuso en la mencionada resolución del 18/12/90 al reconocer "el papel que desempeñan (...) los colegios de abogados en la defensa de los principios de independencia de jueces y abogados".

Venezuela se ha colocado al margen de los mencionados  principios.

El 16/07/04 el Tribunal Supremo de Justicia, arrogándose funciones de legislador, que evidentemente no tiene, estableció  la sanción de exclusión de un determinado juicio contra el o los abogados, incursos en "declaraciones públicas" contrarias al Poder Judicial. El 13/07/04, la Sala Constitucional del mismo Tribunal Supremo, esterilizó, en la práctica, el funcionamiento de la directiva de la Federación  de Colegio de Abogados de Venezuela y otra  decisión de esa misma Sala Constitucional, cerró, sine die,  el Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del Distrito Capital, que -casualmente- tramitaba una causa contra varios integrantes del TSJ por presuntas infracciones contra el Código de Etica del Abogado Venezolano.

Por si fuese poco, el Presidente, en persona, ha amenazado con apresar al litigante Koesling y ante los tribunales militares se ha hostigado a los penalistas Guillermo Heredia e Hidalgo Valero. A ,este último por ataviarse de militar en su condición de oficial retirado, igual que lo ha hecho Chávez, pero con impunidad y a Heredia, por encabezar la defensa del coronel disidente, Silvino Bustillos.

EXCUSAS PARA REPRIMIR. En medio de ese ambiente de hostigamiento contra los profesionales de derecho, se celebrará el juicio contra Alvarez. Su activismo judicial, contra las perpetraciones del gobierno gorila es por demás  conocido.

Alvarez, no pudo haber  incurrido en difamación, contra el diputado Lara pues se limitó  a reproducir, en declaraciones públicas, un informe de la Superintendencia de Caja de Ahorros.

Nuestra sistemática penal en este tipo de delitos, consagra la denominada "notoriedad" de la especie difamatoria como eximente de responsabilidad y no hay nada con más calidad de notorio que un informe oficial. Algo distinto es si este último es falso o tendencioso, sólo que en tal supuesto quien debe ser juzgado es su autor o firmante.

La ya venerable doctrina del "balancing"  erigida por el Juez Brennan (N.Y. Times vs. Sullivan), adoptada por todos los sistemas jurídicos civilizados, establece que Lara, como  funcionario público está sometido al escrutinio público. Si es una persona delicada, en extremo, más le valdría buscarse otro oficio.

Por si fuese poco, a Tulio se le ha impedido hacer valer la denominada exceptio veritatis  o excepción de verdad. La sistemática procesal en tales casos es terminante. Lara está siendo investigado por la Fiscalía por los mismos hechos informados por Alvarez. Por eso la querella contra este último tiene que paralizarse, hasta que se dictamine si hubo distracción  de fondos públicos, porque  en tal hipótesis desaparece la difamación.

 


© 2005 Derechos Reservados - Dr. Omar Estacio